Publicacion de morosos. Que documentos pueden publicarse
El publicar deudores morosos suele ser una
estrategia eficiente al momento de cobrar una deuda, dado que aumenta la
presión de pago. El deudor al saber que su reputación comercial está en juego
suele generar en el, una respuesta positiva en el pago de la deuda. Con ello se
Agiliza los tiempos de recuperación y los plazos de cobranza se reducen.
¿Qué condiciones debe cumplir un documento
para ser publicado?
Para que una deuda pueda ser publicada en
un Boletín Comercial no basta con que exista un atraso en el pago. El documento
que la respalda debe cumplir ciertos requisitos fundamentales:
1.-Existencia de contrato o acuerdo
comercial firmado entre las partes, que respalde la relación y la obligación de
pago.
2.-Cláusula explícita de autorización de
publicación en caso de morosidad. Esto significa que, al momento de firmar el
contrato, el deudor acepta que, en caso de no pagar, la información puede ser
ingresada a un boletín comercial.
3.-Prueba documental válida: ya sea una
factura electrónica, pagaré, contrato escaneado o sentencia judicial, debe
existir un documento verificable.
Tipos de documentos publicables
Una vez conocido lo
útil que puede ser publicar una deuda es hora de conocer los documentos que
pueden ser publicados.
·
Tarjeta de Crédito:
Las deudas
asociadas a tarjetas de crédito se publican como morosidad cuando el cliente no
paga la cuota mínima o el total facturado dentro del plazo. En general, basta
con un atraso mayor a 30 días para que el emisor pueda reportar al boletín
comercial. Las entidades deben demostrar que se realizó un contrato y que el
cliente fue informado sobre las consecuencias del no pago
·
Factura:
Una factura impaga
puede generar morosidad si ha transcurrido el plazo de vencimiento y no existe
constancia de pago. En el caso de empresas, esto es común entre proveedores y
clientes. La factura debe estar firmada o validada electrónica mente.
·
Pagaré:
Este documento es
uno de los más utilizados para respaldar préstamos entre personas o empresas.
El pagaré debe contar con fecha de vencimiento clara. Si no se cumple con el
pago en la fecha estipulada, el acreedor puede ingresar esta información como
morosidad, siempre que haya un respaldo del contrato y su aceptación.
·
Contrato:
Un contrato de
prestación de servicios o compraventa incluso un contrato de arriendo puede
incluir una cláusula que habilite la publicación de morosidades en caso de
incumplimiento. Para que sea válido en boletines comerciales, debe contar con
firma de ambas partes y especificar claramente los términos de pago y la
aceptación de inclusión en registros de morosos. ejemplo contratos de
arriendos en dónde exista consentimiento para ser publicado en el Boletín
Comercial por verídico Chile o por cualquier Buró de Crédito. Esto en
consonancia con la Ley N°19.628 sobre la Protección de la Vida Privada. se
faculte al arrendador a publicar morosidad, Suele pedirse la demanda y además la
sentencia definitiva ejecutoriada en dónde conste el monto de la deuda respecto
a las rentas insólitas.
Sentencia Judicial:
Si una persona o
empresa es condenada por sentencia judicial a pagar una suma de dinero y no
cumple con lo dictaminado, esta deuda puede ser informada como morosidad. La
sentencia debe estar firme y ejecutoriada. Es una forma legal de sustentar la
deuda cuando existen litigios previos.
·
Letra:
Una letra de cambio
es un instrumento financiero firmado por el deudor, donde se compromete a pagar
una suma en determinada fecha. Si no se paga, esta letra se transforma en una
base legítima para ser informada como morosidad. Las letras deben estar
debidamente firmadas y endosadas si corresponde.
·
Cuota:
Cuando una
obligación financiera (como un crédito o servicio) está dividida en cuotas, el
no pago de una de estas dentro del plazo acordado puede originar una
publicación en el boletín. La entidad debe especificar claramente que se trata
de una cuota vencida del contrato original.
·
Boleta:
Aunque menos común,
existen servicios que se respaldan con boletas, como arriendos u otros consumos
regulares. Cuando estas boletas no son pagadas y hay constancia contractual del
compromiso de pago, pueden transformarse en base para una publicación por
morosidad.
·
Cuota Morosa:
Es la cuota vencida
e impaga de un servicio financiero o comercial, como créditos automotrices,
préstamos personales o convenios. Esta denominación específica se refiere al
hecho de que la obligación parcial del total ya se encuentra en estado de
incumplimiento.
Conclusión
En
resumen, no cualquier deuda puede ser publicada como morosidad en un boletín
comercial. Debe existir un respaldo documental válido, una cláusula de
autorización y un vencimiento claro. Documentos como facturas, pagarés,
sentencias y contratos forman parte de los más utilizados para ser publicados
en boletines comerciales.